El abogado Eduardo Pérez Avid, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas; expuso que la Ley Nº 6.738 del Teletrabajo era necesaria, ya que cuando empezó la cuarentena total por COVID-19 no había una norma que lo impulse.
Indicó que se establece la voluntariedad de ambas partes para aplicarlo y que no puede ser impuesta por el empleador ni por el trabajador, debe ser de consenso.
El profesional del Derecho manifestó que los trabajadores que se acogen a esta modalidad deben percibir los mismos beneficios que los empleados presenciales.
Concluyó que además se determinó que los trabajadores no estén obligados a responder correos o mensajes fuera de su horario laboral y que no sean vigilados constantemente.