TSJE recuerda que cédula de identidad es el único documento válido para elecciones del Consejo de la Magistratura

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El Tribunal Superior de Justicia Electoral, recordó este lunes que la vigencia de los artículos 98 y 99 de la Ley N° 834/1996 establecen el Código Electoral, que la cédula de identidad, sea esta vigente, vencida o duplicada, es el único documento válido para que los 37.831 abogados habilitados puedan sufragar en las Elecciones de Abogados para integrar el Consejo de la Magistratura.

Refiere que según establece la normativa electoral paraguaya, en su artículo 98, “la cédula de identidad será el único documento válido para la identificación del elector, tanto para su inscripción en el Registro Cívico Permanente, como para la emisión del voto. La misma, vigente o de fecha vencida, será utilizada como documento electoral de modo permanente, sin perjuicio de la normativa policial al respecto”

Menciona que el articulo 99 indica que, en caso de pérdida o extravío, la palabra “Duplicado” deberá constar en el documento de identidad con caracteres grandes, bien visibles y no será expedido sin que antes se tome nota de ello ante la autoridad electoral.

Por otro lado, destaca que cuando llega el turno para votar, una vez frente a la Mesa Receptora de Voto, el elector deberá entregar a los miembros de mesa su documento de identidad, el que le será devuelto al terminar el procedimiento.

Además, recalca que no se admitirán fotocopias de las mismas, únicamente, cédula de identidad vigente, vencida o el duplicado.

El próximo sábado 28 de octubre serán electos los próximos miembros del Consejo de la Magistratura, las elecciones se realizarán en todo el territorio nacional.