Asunción, Radio Nacional.-El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgó este miércoles, la Ley de Conflicto de Intereses «que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la Función Pública»
El conflicto de intereses se presenta cuando los intereses particulares de una persona que desempeña funciones públicas o la de su grupo familiar, influyeron o podrían influir en la adopción de decisiones en el ejercicio de su cargo.
Se evita de la siguiente manera:
- a) Presentación de una declaración jurada de intereses que serán públicas y de libre acceso para el ciudadano
- b) Prohibición de ciertas conductas para los funcionarios públicos
- c) Venta o renuncia a activos
Abstenerse de intervenir en procesos en los que puede verse comprometida su imparcialidad
- e) Limitaciones para los funcionarios al salir de la función pública
- f) Recomendaciones previas a las designaciones de altas autoridades
- g) Consultas a la autoridad de aplicación, asesoramiento preventivo y la aplicación de medidas preventivas especiales
Cuándo el funcionario público deberá abstenerse de intervenir directa o indirectamente en un proceso? De la siguiente manera.
-Cuando participen empresas o sociedades que hayan sido de su propiedad
-Cuando participen personas físicas o jurídicas a las que prestó servicios profesionales, se encontró en situación de dependencia o vínculo laboral
Cuando intervengan cónyuges o parientes
Cuando él o algún miembro de su grupo familiar posea interés personal, laboral, económico, financiero, profesional o de cualquier índole
Limitaciones al salir de la Función Pública
Las personas que ejercieron una función pública no podrán hasta dentro de un año después de su egreso:
- a) Proveer bienes, servicios u obras, ya sea en forma personal o valiéndose de un tercero, al organismo en el que ejercieron funciones
- b) Representar, patrocinar o efectuar gestiones administrativas para terceros ante el organismo en el que ejercieron funciones.
- c) Prestar servicios a las personas físicas o jurídicas que estuvieron sujetas a la inspección, vigilancia, control o regulación de la institución del Estado a la que haya estado vinculado, cuando la misma haya tenido intervenciones determinantes
- d) Ser accionista o participar de cualquier forma en empresas o sociedades sobre las que hubiese ejercido sus competencias.